lunes, 17 de febrero de 2014

‘El Tribunal Constitucional refuerza la dualidad del mercado de trabajo’.



"La Sentencia del Tribunal Constitucional, además de avalar el abusivo uso del Decreto Ley por parte del Gobierno, apuesta por la destrucción y la precarización del empleo", denuncia el secretario de Acción Sindical de CCOO, Ramón Górriz.
Ramón Górriz
Ramón Górriz
La Sentencia del Tribunal Constitucional sobre la reforma laboral operada por el Real Decreto-Ley 3/2012, de 10 de Febrero, pone en evidencia las dudas que se están abriendo sobre el funcionamiento de una institución que debería garantizar los principios democráticos y el respeto a los derechos constitucionales.

La Sentencia ha legitimado el uso del Real Decreto-Ley para introducir tales cambios en la normativa laboral, avalando, al menos en esta ocasión, el manifiesto uso abusivo del Decreto-Ley, que ha sido empleado, al menos, en once ocasiones por el actual Gobierno, para modificar el marco de relaciones laborales y aspectos básicos de la protección social de los trabajadores y trabajadoras. 

Para el secretario de Acción Sindical de CCOO, Ramón Górriz, “el Tribunal Constitucional no asume su responsabilidad de garantizar la plena participación democrática, desde el pluralismo político y social, en la adopción de las decisiones de mayor transcendencia sobre las condiciones de vida y trabajo de los ciudadanos. Esto genera graves dudas sobre el funcionamiento de nuestra democracia”.

Y no menos grave, advierte CCOO, es que implica una ruptura con la doctrina que había establecido el mismo Tribunal en relación con la utilización del Decreto-Ley para introducir una reforma laboral que incluía medidas de este tipo, como fue la del año 2002. Pone en evidencia la nueva deriva que tiene esta institución tras los últimos cambios operados en su composición, cuya mayoría opta por avalar las opciones menos democráticas del Gobierno, frente a la consolidada  jurisprudencia establecida por el propio Tribunal Constitucional.

En cuanto a las materias analizadas por el Tribunal Constitucional, aborda la relativa a la supresión de los llamados salarios de tramitación, que ha sido un mecanismo para rebajar la protección económica de los trabajadores y trabajadoras que han sido objeto de despido injustificado.

Esta indemnización era la principal garantía de la que disponen los trabajadores y trabajadoras con poca antigüedad, sobre todo temporales, ante el despido ilegal o sin causa, y su supresión sólo sirve para aumentar la dualidad del mercado de trabajo.

Traslada el coste de la tramitación del proceso, desde la empresa causante del acto ilícito, a los presupuestos públicos destinados a la protección desempleo. Además de reducir los períodos en los que las personas despedidas tienen protección social, incrementa el gasto público de forma ilegítima. 

La Sentencia no entra a resolver toda una serie de cuestiones esenciales que afectan al grave retroceso de derechos laborales, individuales y colectivos, que supuso la reforma laboral de 2012, pendientes de recursos y cuestiones de inconstitucionalidad que desde CCOO se han venido instando ante los grupos políticos y los órganos judiciales legitimados para interponerlas.

Así, tiene que ser todavía enjuiciada la regulación introducida, en materia de despido, con la supresión de garantías judiciales para controlar los despidos colectivos, o la ampliación del despido por razón de enfermedad del trabajador; en materia de negociación colectiva, la primacía del convenio de empresa sobre los acuerdos de ámbito superior, o la regulación de la ultraactividad; y en materia de contratación, la implantación del contrato de apoyo a emprendedores que admite el despido libre durante el primer año.

Además, concluye la nota, “queremos recordar que desde las instancias internacionales están igualmente  pendientes de resolver las denuncias interpuestas por  CCOO ante la Organización Internacional del Trabajo, y ante el Comité Europeo de Derechos Sociales del Consejo de Europa frente a estos contenidos de la reforma laboral”.


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